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Detalle prensa

24-07-2020

Información

Justicia laboral ordena reincorporación de inspector incluido en LAR de 2017

​Mediante sentencia ejecutoriada de fecha 21 de enero de 2019, pronunciada por el magistrado titular don Álvaro Flores Monardes, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en la causa de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, RIT T-283-2018, caratulada “BRAVO REYES, Germán con FISCO DE CHILE-PDI”, resolvió, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1, 2420, 445, 453, 454, 459, 485 y siguientes del Código del Trabajo; 1, 5, inciso segundo, 6°, 19, 4, 16, inciso tercero de la Constitución Política de la República;


I. Hacer lugar a la denuncia declarándose que la inclusión del Inspector Germán Bravo Reyes en la Lista Anual de Retiros de 2017 de la Policía de Investigaciones de Chile es un acto contrario a la Constitución Política de la República, por incurrir en una discriminación grave, al tiempo que lesivo de su honra, quedando sin efecto el decreto consecuencial 280/61/2018 de la Subsecretaría del Interior que dispone su retiro forzado de la PDI y disponiéndose su reincorporación al servicio en el cargo de Inspector, ejecutoriada que sea la presente resolución, con el pago de las remuneraciones devengadas de todo el período que media entre la exclusión forzosa del servicio y la reincorporación efectiva, liquidadas de acuerdo al devengo mensual como dispone el artículo 63 del Código del Trabajo.

II. Publicar en la primera página de la página web institucional, por el lapso de seis meses sucesivos, a más tardar dentro de décimo día hábil desde que se notifique la sentencia firme, una síntesis de la presente resolución que contenga, bajo el titular “Justicia laboral ordena reincorporación de Inspector incluido en LAR de 2017” a lo menos la referencia a la existencia del presente juicio, sus partes, la circunstancia de tratarse de una sentencia ejecutoriada e íntegramente lo dispuesto en lo resolutivo además poner a disposición, hacia el final de la nota un link o vínculo que permita acceder al texto íntegro de la sentencia.

III. Desestimar en lo demás la demanda y no condenar en costas a la demandada, por no haber sido íntegramente vencida.

En cumplimiento de lo resuelto y reafirmando el compromiso institucional con el respeto a los derechos humanos, el funcionario fue reincorporado con fecha 25 de junio de 2020, a la espera del decreto supremo que deje sin efecto su retiro absoluto, solicitado en el mes de marzo del presente año.

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