Brigadas Investigadoras de Lavado de Activos
Unidades especializadas en la investigación del delito de lavado de activos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.913 (modificada por la Ley 20.119), que describe este tipo penal como cualquier forma de ocultar o disimular el origen ilícito de determinados bienes, a sabiendas que estos provienen de hechos constitutivos de delitos de narcotráfico, terroristas, tráfico de armas, delitos financieros (mercado de valores), bancarios, aduaneros, violaciones a la propiedad intelectual y delitos tributarios, entre otros.
La primera de estas brigadas, la Brilac Metropolitana, fue creada en 2002. En tanto, la Orden General N°2832, crea en abril de 2024, quince nuevas Brigadas Investigadoras de Lavado de Acrtivos, con asiento en cada una de las regiones del país.