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Detalle prensa

14-05-2021

Noticia

Salida de extranjeros que ingresaron a Chile por pasos no habilitados

Conforme al Art. 8 transitorio de la nueva Ley de Migraciones (Ley 21.325), los extranjeros que hubieren ingresado al país, por pasos no habilitados, tendrán un plazo de ciento ochenta (180) días contados desde la publicación de la Ley (publicada el 20-ABR-2021), para hacer abandono del país:

 

  • • Sin necesidad de denuncia ante PDI.
  • • Sin sanción de parte de la autoridad administrativa.
  • • Por pasos habilitados para el efecto (conforme a normativa vigente por emergencia de salud pública COVID-19)
  • • Sin impedimento de ingreso al país (como titular de permanencia transitoria o como residente con visado temporal, conforme a la nueva normativa).

No podrán salir:

  • • Aquellos que mantengan arraigos judiciales o medidas cautelares de prohibición de salir del país.

Cabe hacer presente que lo anterior, solo corresponde a una medida transitoria y que la nueva Ley, entrará en vigencia una vez publicado su reglamento.